PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LOS PREDIOS CUYA TENENCIA, A CUALQUIER TÍTULO, SE ENCUENTRE A FAVOR DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.
El Contratista deberá ejecutar las actividades de vigilancia con el personal, motocicletas, los caninos y demás elementos requeridos para el efecto, los cuales se enmarcan en los servicios de Alquiler de Equipo de Comunicación, Alquiler de Motocicleta, ver características y servicios en el Anexo 7-7.1- Propuesta económica-Servicio vigilancia y 7-7.2 Propuesta económica-Servicios Adicionales, obligándose a la debida diligencia y cuidado que estas labores requieren.
El servicio de vigilancia solicitado debe ser prestado por empresas legalmente constituidas y con licencia de funcionamiento debidamente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, autorizadas para prestar el servicio.
La Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá (ERU), ha clasificado los servicios requeridos, de la siguiente forma: a) Servicio de vigilancia con medio canino defensa controlada 24 horas - 30 días al mes, b) Servicio de vigilancia sin arma 24 horas -30 días al mes, c) Servicio de vigilancia móvil- 24 horas-30 días al mes.
Todos los servicios deben ser prestados por personal que reúna las calidades y la capacitación necesaria, es decir, los vigilantes deben contar con curso aprobado, con credencial que lo certifique, tener conocimiento de las acciones a seguir y activar las redes de apoyo que sean necesarias, cuando se requiera, con el fin de mantener los predios en el estado en que se entregan y sin permitir el ingreso de personal que no esté autorizado.
El número de vigilantes y el presupuesto para la contratación, se encuentran determinados en la tabla del numeral 4.2 Presupuesto oficial del Estudio previo o Analisis preliminar