fbpx Actuación estratégica Chucua La vaca | RenoBo Pasar al contenido principal

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Datos Generales

  • 120.2 hectáreas
    de área

Descripción

El ámbito precisado de la actuación estratégica Chucua la Vaca mediante el Decreto Distrital 468 de 2024, cuenta con un área de 120.2 hectáreas:

  • Al occidente por Calle 42c Sur y calle 41 sur

  • Al norte por Carrera 80 f y Av. Ciudad de Cali y carrera 82

  • Al oriente por Diagonal 2b, avenida de las américas, calle 5a sur y Carrera 80 c

  • Al sur por Av. Agoberto Mejía y carrera 81

 

Este es un territorio en el cual se identifica:

  • Existe una desconexión entre los elementos de la Estructura Ecológica principal, lo que genera una pérdida de continuidad ecosistémica. Se deben implementar estrategias de recuperación, renaturalización y conectividad verde.

  • Teniendo en cuenta los lineamientos de la OMS sobre el número de árboles por habitante de 0,33 árboles por persona, se evidencia el déficit de arbolado urbano en la mayor parte del sector, por lo que se deben implementar estrategias de reverdecimiento.

  • Respecto a la calidad de aire, los valores reportados no exceden los valores máximos permitidos en la normatividad vigente, pero se acercan al límite máximo, especialmente en sectores comerciales y con alto tráfico vehicular, por lo que se deben buscar estrategias de mejoramiento de la calidad de aire en la AE.

  • En la AE se presenta riesgo medio por inundaciones, asociado a canales y drenajes, lo cual hace necesario intervenciones articuladas con la EAAB y el IDIGER y la implementación de medidas de resiliencia climática, así como controles asociados a los drenajes y redes de alcantarillado.

  • El índice de espacio público efectivo de la AE está por debajo del promedio distrital y además presenta una baja accesibilidad a parques, por lo cual se requiere la inclusión de estrategias de reverdecimiento y conectividad peatonal.

Beneficios del proyecto

Beneficios

  • Socioeconómico: fortalecimiento del empleo local mediante la modernización de los procesos de abastecimiento y la integración con servicios sociales.

  • Seguridad y Salubridad: respuesta integral a las problemáticas de ocupación del espacio público y moral administrativa en el sector de María Paz.

  • Revitalización: transformación de áreas degradadas en entornos urbanos seguros, habitables y productivos.

Estado

Durante el 2025, la gestión se centró en la validación de las bases normativas y el establecimiento del cronograma para el inicio de la formulación técnica.

1. Consulta de Aplicabilidad: el 10 de septiembre de 2025, RenoBo solicitó formalmente a la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) la confirmación sobre la vigencia de las Directrices para la Definición de lo Público de esta AE (Radicado S2025003622).

2. Articulación Institucional: se adelantó un proceso de coordinación técnica con la Dirección de Planeamiento Local del Sur Occidente de la SDP, encargada de realizar la modificación y actualización del insumo de directrices.

3. Proyección de Formulación: como resultado de las gestiones del 2025, se dejó previsto en el cronograma institucional iniciar la etapa formal de formulación técnica en la vigencia 2026.

4. Seguimiento al Mandato Judicial: la gestión del año se orientó a asegurar que las directrices en actualización respondan estrictamente a las medidas de recuperación ordenadas por el Juzgado Cuarto Administrativo.

Qué sigue

Se está a la espera de que la SDP confirme la fecha prevista para la expedición de la resolución de directrices modificada; una vez cumplido este hito, RenoBo activará de inmediato los equipos para la formulación integral del instrumento.

Alcance

Alcance

Marco Normativo

Marco Normativo

Las Actuaciones Estratégicas, particularmente en el contexto del ordenamiento territorial en Bogotá, se desarrollan en seis etapas que buscan consolidar el modelo territorial y revitalizar zonas específicas. 

Las etapas detalladas son:

  • Iniciativa: presentación de la propuesta por parte de entidades públicas o privadas, la cual debe ser radicada y contar con un concepto favorable de la. Secretaría Distrital de Planeación (SDP).

  • Directrices para la definición de lo público: la SDP, en un plazo de tres meses tras la radicación, define las condiciones mínimas, requisitos programáticos, directrices de diseño urbano y cargas urbanísticas.

  • Formulación: desarrollo del plan detallado de la Actuación Estratégica, realizado por el operador urbano con acompañamiento de la SDP, con un término de seis meses tras la comunicación de las directrices.

  • Revisión y concertación: fase final donde se ajusta y aprueba el proyecto definitivo para su posterior adopción.

  • Adopción: firma del decreto por parte del Alcalde Mayor.

  • Desarrollo de la Actuación: vinculación de diferentes actores como comunidades, propietarios, desarrolladores y operador urbano. Los proyectos planteados en la AE se ejecutarán a corto, mediano y largo plazo.

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